Un Buen seguro tan importante como elegir un Buen inquilino.

Oct 31, 2012 | Alquileres | 2 Comentarios

NUEVO SEGURO DE IMPAGO DE ALQUILER DE RENTAS:

En esa búsqueda incansable de ofrecer los mejores servicios a nuestros clientes, hemos firmado, recientemente, un acuerdo con una importante Correduría de Seguros que facilitará la contratación de un seguro de Protección Jurídica para los propietarios de pisos alquilados.

Un producto actual, que se adapta a la nueva realidad y a las actuales necesidades del mercado.

¿Qué ventajas tiene contratar el seguro de Impago de Alquiler?

  • Si el inquilino no paga, la Aseguradora asumirá, a partir del segundo mes de impago, el pago de las rentas adeudadas hasta 12 mensualidades.
  • Defenderá tus derechos en caso de incumplimiento de cualquier cláusula del contrato de alquiler, incluyendo los juicios de desahucio por impago de rentas o por obras no consentidas
  • Te garantiza un abogado que defenderá tu responsabilidad penal como arrendador.
  • Si en relación a la vivienda alquilada tienes problemas con un vecino, con la comunidad de propietarios o con un tercero, defenderán tus derechos tanto en vía amistosa como judicial.
  • Tendrás garantizada la reclamación por el incumplimiento de contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones de la vivienda (electricistas, fontaneros…)
  • Si el inquilino, al proceder a su desalojo, ocasiona daños en la vivienda por actos vandálicos o robo, la Aseguradora te adelantará una indemnización económica hasta 3.000´00€
  • Si tu Aseguradora del Hogar de la vivienda alquilada no quiere hacerse cargo de los daños o paga una cantidad inferior, contarás con un servicio de abogados y de peritos que reclamaran tus derechos frente dicha Aseguradora.
  • Y, además, con la garantía de Asistencia Jurídica Telefónica, tendrás un abogado las 24 horas, todos los días del año, que te asesorará  acerca de tus derechos y obligaciones como Arrendador.

¿Qué documentación se necesita para poder contratar el seguro?

Junto al contrato de Arrendamiento, la documentación que habitualmente ya se solicita para garantizar inicialmente la solvencia del inquilino:

  • Fotocopia de su DNI
  • Si es asalariado: 2 últimas nóminas (antigüedad más de 1 año)
  • Si es autónomo: última declaración de renta
  • Si es jubilado o pensionista: justificante de los ingresos percibidos.
    • Si es estudiante: DNI del avalista y en función de si es asalariado, autónomo o jubilado, la documentación indicada anteriormente.
    • La renta anual de alquiler no podrá exceder del 40% de los ingresos anuales netos.

 ¿Y cuánto cuesta?

Hemos conseguido un precio muy competitivo.

Por ejemplo:

Alquiler mensual de 500´00 €………….…….  la prima total anual es de 272,17  €

Alquiler mensual  de 600´00 €…….………..  la prima total anual es de 326,39 €  

Alquiler mensual   de 1000´00 €…………..  la prima total anual es de 543,23 €

En definitiva, te ofrecemos un producto en el que tendrás toda la cobertura jurídica para alquilar con tranquilidad .

Para ampliar cualquier duda que le pueda surgir, vaya a «Consultas Inmobiliarias» y deje allí su pregunta, le contestaremos a la mayor brevedad posible, o si lo prefiere llame al teléfono 91 666 11 00.

2 Comentarios

  1. jose carlos gomez

    Necesito información sobre este tipo de seguro lo antes posible. Estoy a punto de alquilar. Un saludo.

    Responder
    • Jose Ignacio de Diego

      Muy buenas tardes José Carlos:

      Estamos a tu disposición en el teléfono 91 666 11 00, podemos ayudarte con la tramitación de la póliza del seguro, pero lo mejor es que nos llame y un asesor experto en estos trámites te explicará todo lo que necesites.

      Esperamos tu llamada y muchas gracias por ponerte en contacto con nosotros.

      Recibe un cordial saludo,

      Responder

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *