¿Cuándo no se paga la plusvalía municipal? Casos y exenciones en Rivas Vaciamadrid

Mar 12, 2025 | Impuestos

Por norma general, en caso de no haber ganancia patrimonial con la venta del inmueble, no se tiene que pagar la plusvalía municipal si se ha vendido la casa con pérdidas.

Pero hay más situaciones en las que se exonera el pago de la plusvalía.

Quiénes tienen que pagar la plusvalía municipal

Cuando se produce una ganancia en la venta de una vivienda, por norma general, se paga la Plusvalía Municipal que, en el caso de Rivas, la ordenanza que la regula, vigente con sus cambios desde el 16 de julio de 2023, tiene marcado un coeficiente que oscila entre el 0,14 para la generación en un período inferior a un año, y de un 0,4 en viviendas con más de 20 años.

En las compraventas de vivienda, es el propietario quien paga la plusvalía municipal.

En las donaciones, es la persona que recibe la donación quien la paga.

En las herencias, los herederos son los que pagan la plusvalía.

Exenciones de la plusvalía municipal en Rivas

  • En las transmisiones de dación en pago de la vivienda habitual del deudor hipotecario o garante del misma, para la cancelación de deudas garantizadas con hipoteca que recaiga sobre la misma.
  • Cuando el terreno no ha subido de valor: Si el terreno sobre el que está edificado el inmueble no ha incrementado su valor desde el momento en el que se adquirió.
  • Por la transmisión de inmuebles entre cónyuges: Cuando uno de los cónyuges entrega la propiedad a su pareja como compensación por bienes compartidos o en beneficio de los hijos, en cumplimiento de un fallo judicial.
  • En la venta de inmuebles declarados de interés cultural: Si el inmueble ha sido declarado de interés cultural. Para ello, sus dueños deben haber acreditado la realización de las obras necesarias para la conservación o mejora del inmueble en cuestión.
  • Transmisión de propiedades que pertenecen a entidades estatales o benéficas: Están exentas de la plusvalía todas aquellas transmisiones realizadas por el Estado, las comunidades autónomas, entidades gestoras de la Seguridad Social y Cruz Roja Española, entre otras.
  • Terrenos rústicos a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Documentación necesaria para solicitar la exención de la Plusvalía Municipal

Para dación en pago o ejecución hipotecaria

  • Copia simple de la escritura de dación en pago o testimonio del auto de ejecución hipotecaria.
  • Declaración responsable indicando que ningún miembro de la unidad familiar disponía de bienes o derechos suficientes para evitar la enajenación de la vivienda en el momento de la transmisión.

Para otros supuestos de exención

Documentación que acredite la situación específica que justifique la exención

  • la sentencia judicial en transmisiones entre cónyuges
  • el documento que certifique que el inmueble se ha vendido en pérdida.

Calcula si tienes que pagar la Plusvalía Municipal y qué cantidad

Antes de poner a la venta una vivienda, te recomendamos que consultes con una inmobiliaria especializada en tu zona, como BON LAR Asesores Inmobiliarios en Rivas Vaciamadrid, para exponer tu caso, evaluar si es necesario el pago de la Plusvalía y calcular el importe por el mejor método para pagar menos dinero.

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Ten a mano estos datos para que la calculadora te saque los datos:

  • Valor catastral total
  • Valor catastral del suelo
  • Precio de adquisición
  • Precio de transmisión
  • Años que has sido propietario de la vivienda

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Jose Ignacio de Diego

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